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Biopiratería en Ecuador

Una lucha que comenzó en 1995 y aún continúa (2002)

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Los sapos se llevaron las ranas

Se ha patentado en los Estados Unidos un nuevo principio activo llamado Epibatidine. Epibatidine es un cóctel químico que segrega la piel de una rana neotropical venenosa llamada «Epipedobates tricolor» que habita en los bosques tropicales desde el sur occidente y las estribaciones occidentales de los Andes ecuatorianos hasta el norte del Perú. 

 

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Esta especie de gran interés para la ciencia, ha sido utilizada ancestralmente por indígenas ecuatorianos en sus actividades de caza, en cerbatanas cuyos dardos venenosos causan la muerte inmediata al entrar en el sistema sanguíneo de su presa. 

Fue el científico del Instituto Nacional de Salud de EE.UU., John Daly, quien identificó la estructura química de esta sustancia de la rana, gracias a la información sobre los efectos fisiológicos de las secreciones de la misma, proporcionada por comunidades indígenas y locales. 

Para aislar el principio activo, se obtuvo ilegalmente una muestra de 750 ranas que se cree salieron del país vía valija diplomática, pues no existe evidencia de que el INEFAN (Instituto Ecuatoriano Forestal y de Areas Naturales) haya otorgado una licencia de manejo para que esta rana fuera explotada con fines comerciales. Este es un requisito básico, ya que esta especie consta dentro de los apéndices de la «Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora silvestre (CITES)», de la cual el Ecuador es parte desde 1975. Cabe destacar que el INEFAN desde 1996, prohibió el uso de esta especie como fuente de recursos genéticos (lo cual incluye actividades de bioprospección).

Actividad que los Laboratorios Abbott, han efectuado al sacar al mercado el producto ABT-594 (derivado de la epibatidine), analgésico 200 veces más poderoso que la morfina. 

«Este nuevo acto de biopiratería que incluye un acceso ilegal a nuestros recursos genéticos desconociendo el país de origen del mismo y las comunidades que han generado ancestralmente este conocimiento merece el repudio de toda la sociedad ecuatoriana» según la organización ecuatoriana Acción Ecológica, que está exigiendo la revocatoria de la patente otorgada al principio activo que se extrajo de la ranas ecuatorianas Epipedobates Tricolor y que los Laboratorios Abbott, reconozcan y compartan «de una manera justa y equitativa» los beneficios derivados de este conocimiento y de la eventual comercialización de los productos farmacéuticos sintetizados a partir de la epibatidine, tal como lo estipula el Convenio sobre Diversidad Biológica y otras leyes nacionales.

La empresa farmacéutica Shaman pretende legitimar sus actividades de biopiratería

La posible aprobación de un convenio entre el Estado ecuatoriano y la transnacional farmacéutica Shaman para realizar bioprospección, afectaría a los pueblos indígenas del Ecuador y a la soberanía nacional, sentando un precedente desfavorable para el resto de países tropicales donde la Shaman realiza actividades de bioprospección.

La empresa Shaman Pharmaceuticals, realiza sus trabajo de bioprospección en base al conocimiento etnobotánico generado por pueblos indígenas. No parte del estudio de muestras aleatoriamente, sino del contacto con «shamanes indígenas»; que han desarrollado sus conocimientos sobre el uso, componentes y valor de plantas nativas en forma generacional.

De los distintos pueblos indígenas que habitan los bosques tropicales (cerca de 1.500 culturas), la Shaman tiene relación con 70 aproximadamente. Debemos recordar que las patentes obtenidas anteriormente por esta empresa sobre dos principios activos de la Sangre de Drago, sólo fueron posible gracias al acceso y apropiación del conocimiento desarrollado milenariamente por comunidades indígenas en la Amazonía ecuatoriana.

Ahora Shaman busca una normativa internacional adecuada a sus intereses; que legitime las actividades de biopiratería que ha realizado en el Ecuador. Los compuestos obtenidos por la Shaman a partir del látex de la Sangre de drago (planta amazónica usada por pueblos indígenas y comunidades campesinas en Sudamérica); fueron patentados con los números 3030 y SP-1100. Estas patentes ni siquiera mencionan a las comunidades que les facilitaron y trasmitieron sus conocimientos permitiendo total libertad de acción y lucro a la empresa.

Frente a esta situación, Acción Ecológica de Ecuador exige:

• Que el INEFAN de Ecuador no proceda a la aprobación del convenio con la empresa Shaman Pharmaceutical, hasta la adecuada reglamentación de la Decisión Andina 391 sobre Acceso a recursos genéticos.

• Que la conformación del Comité Nacional sobre Recursos Genéticos incluya a representantes de las organizaciones indígenas y campesinas, para preservar el conocimiento tradicional y evitar la biopiratería.

• Que la Shaman responda por los actos de biopiratería que ha realizado en Ecuador, actos que constituyen una verdadera agresión a los derechos intelectuales colectivos y a la soberanía del Ecuador sobre sus recursos genéticos.

• Que cualquier contrato de acceso a los recursos genéticos se base en los principios y objetivos que persigue el convenio de Diversidad Biológica.

Para apoyar estas demandas y obtener más información, dirigirse a Acción Ecológica, Casilla -C, Quito, Ecuador, Tel./fax: (, Correo electrónico:

Fuente:

 

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Última modificación: Sábado, 11 de Junio de 2005